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Derechos y Normas de los Empleadores Pequeños
Los empleadores de California tienen derechos bajo la ley estatal AB1672. Esta ley establece que si usted es un pequeño empleador en California, con 2 hasta 50 empleados, una aseguradora médica no puede denegarle cobertura médica de grupo basándose en el estado de salud de sus empleados y sus primas sólo pueden ser un poco más elevadas que la media si sus empleados tienen problemas de salud. Las provisiones principales de la ley son:
Emisión Garantizada. Cada pequeño empleador tiene derecho a adquirir cualquier “producto” de seguro médico vendido por un plan de salud a pequeños empleadores. Piense que un “producto” es un paquete que contiene una lista de beneficios (lo que cubre) y algún tipo de servicio para dispensarlos (por ejemplo, una HMO o una PPO). Renovación Garantizada. Un plan de salud no puede cancelar la cobertura de un grupo pequeño sólo porque uno o varios de sus miembros se enfermaron de gravedad y causaron costos elevados al plan de salud. Un plan únicamente puede cancelar la cobertura a raíz de un fraude o la falta de pago de las primas.
Protecciones a las Tarifas. Ninguna ley fija tarifas, ni exige que los reguladores estatales las aprueben. La ley de California sí limita la capacidad de un plan de salud de cobrar tarifas bajas a grupos cuyos miembros disfrutan de buena salud y tarifas altas a grupos que incluyen personas más enfermas. Estas protecciones a las tarifas basan los cálculos de las primas en una tarifa "estándar" que todo plan de salud desarrolla de acuerdo a varios factores permitidos. Los planes deben fijar las primas a un máximo del 10 por ciento por encima o por debajo de la tarifa estándar. Esto crea una “banda de tarifas” que permite que los planes de salud ajusten las tarifas de los empleadores basándose en factores de riesgo como el uso previo de servicios de salud o el tipo de industria.
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